Relación y justificación de donantes

1º paso
Según la fecha que marque el decreto anual correspondiente, finales de febrero normalmente, hay que presentar vía registro a la dirección oportuna la siguiente documentación:

  1. Relación de aportaciones recibidas con:
    • Nombre y apellidos o razón social.
    • Dirección fiscal.
    • DNI o CIF.
    • Importe de la aportación.
  2. Relación de facturas y su comprobante bancario de cobro. Si no hay factura únicamente el comprobante de cobro. Además, se rellena una declaración informativa a Hacienda según el modelo 182.
2º paso
Al cabo de aproximadamente 2 meses —normalmente a finales de abril— la entidad recibirá de la dirección oportuna (deportes, economía…) los certificados para que las personas físicas o empresas puedan presentar su deducción en el Impuesto de Sociedades o IRPF.
3º paso
De manera que la entidad enviará a cada donante, empresa o particular, el certificado para la mencionada deducción.
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