Relación y justificación de donantes

Según la fecha que marque el decreto anual correspondiente, finales de febrero normalmente, hay que presentar vía registro a la dirección oportuna la siguiente documentación:
- Relación de aportaciones recibidas con:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Dirección fiscal.
- DNI o CIF.
- Importe de la aportación.
- Relación de facturas y su comprobante bancario de cobro. Si no hay factura únicamente el comprobante de cobro. Además, se rellena una declaración informativa a Hacienda según el modelo 182.

Al cabo de aproximadamente 2 meses —normalmente a finales de abril— la entidad recibirá de la dirección oportuna (deportes, economía…) los certificados para que las personas físicas o empresas puedan presentar su deducción en el Impuesto de Sociedades o IRPF.

De manera que la entidad enviará a cada donante, empresa o particular, el certificado para la mencionada deducción.